ESTATUTOS
CAPÍTULO V:
RECURSOS ECONÓMICOS
Artículo 26º
Los recursos económicos previstos para el desarrollo de los fines y
actividades de la Asociación serán los siguientes:
a. Las cuotas de entrada, periódica o extraordinarias.
b. Las subvenciones, legados o herencias que pudiera recibir de forma legal
por parte de los asociados o de terceras personas.
c. Cualquier otro recurso lícito.
Artículo 27º
El límite del presupuesto anual sea fijado por la Asamblea General
extraordinaria.
La Asociación tiene un Patrimonio Fundacional nulo.
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